Caval: juez decreta sobreseimiento y luego resolución es eliminada, defensa pide hacer valer cierre de la causa
por El Mostrador 14 octubre, 2016
En el caso del hijo de la Presidenta Michelle Bachelet, la acción legal también apuntaba por el delito de tráfico de influencias.
"Habiendo transcurrido un término superior a 30 días por la querellante, sin diligencias útiles para dar curso al proceso de su parte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 402 del Código Procesal Penal, se decreta el sobreseimiento total y definitivo de la causa", señalaba la resolución del magistrado.
Esta, fue notificada a los intervinientes y en el Estado Diario, por su parte, la parte querellante no apeló en los cinco días correspondientes, por lo que esta quedó firme.
No obstante, el 30 de septiembre el tribunal sorprendió a la defensa asegurando que "en la presente causa no se registra resolución con fecha 21 de septiembre de 2016". De hecho, la resolución ya no se encuentra en el sistema del Poder Judicial.
Los abogados de Dávalos, Alvaro Morales y Pablo Araya, solicitaron al tribunal hacer valer el cierre de la causa por cuanto " la resolución fue emitida y notificada por el Estado Diario del Tribunal".
Para hacer valer esta postura, presentaron “pantallazos” con la notificación.
“Resulta sorprendente la certificación mencionada, ya que es completamente contradictoria con lo obrado por el tribunal (..), lo que provoca una indeseada situación de incertidumbre, ya que presuntamente se habría incurrido en un error”, declaran en el oficio.
Por su parte, el abogado de Compagnon, Antonio Garafulic, insistió en que la causa sí fue sobreseída: “En sistema del Poder Judicial, tal como se acredita con el documento que se acompaña se dio por concluida la tramitación (...) dado el carácter de sobreseimiento total y definitivo no puede ser dejada sin efecto ni por lo intervinientes ni por el tribunal (…). A esta altura procesal, la resolución que decreta el sobreseimiento definitivo es plenamente válida y debe producir todos sus efectos legales, es decir, cosa juzgada”.
El tribunal respondió: “Habiéndose cumplido ordenada en autos y apareciendo de los antecedentes que por un defecto de diseño de sistema computacional de notificación a los intervinientes un proyecto de resolución antes de que se concluyera su tramitación con firma digital, proveyendo las presentaciones de los apoderados de Sebastián Dávalos Bachelet y Natalia Compagnon Soto, no ha lugar la resolución en que sustentan su pretensión de mantener el sobreseimiento".
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