jueves, 19 de marzo de 2009

ENRIQUE TORNERO FIGUEROA VUELVE A LIDERAR MONOPOLIO DE LAS ESCRITURAS DE HABITACOOP

Estábamos equivocados al decir que el Notario de la calle Phillips, Enrique Tornero Figueroa, ya no sería el elegido por el Convenio de Quiebra Habitacoop para hacer las escrituras.
Él fue el ungido.
Exceptuando a algunos compradores que pidieron que sus escrituras se hicieran en otras Notarías.
Algunos señores de la Quiebra, sin consulta a los adjudicatarios de propiedades, enviaron a Tornero los borradores de escrituras.
De esa manera el mismo Notario sigue concentrando la hechura de gran parte de las escrituras de la fallida y, por ende, se sigue embolsando varios miles de pesos, sumando hasta ahora millonarias cifras provenientes de Habitacoop.
Eso ya es MONOPOLIO concentrado en las manos de un incompetente que ratificó burdos "saneamientos" de propiedades, cuyas escrituras él mismo había hecho.
Seguiremos denunciando a este señor que parece se compró el cielo de Habitacoop.

LOS TERRENOS QUE EL EX-SEREMI VILLANUEVA NO SE ATREVIÓ A "SANEAR"

En la Región de los Lagos, en la misma en que el Ministerio de Bienes Nacionales, bajo el mandato del ex-Seremi Claudio Villanueva Uribe, "saneó" propiedades de particulares sin pagar un solo peso, en la misma zona se ha propuesto expropiar terrenos de Monte Verde por ser el mismo un sitio de uno de los asentamientos más antiguos del mundo, claro que pagando...¡Y A QUÉ PRECIOS!
A Villanueva, no se le ocurrió "sanear" esos terrenos durante su lastimosa gestión de Seremi. Más que no se le ocurrió: no se atrevió, porque los terrenos son propiedad de Monte Verde (lo que pareciera no le hubiese importado), pero también del Senador de RN Carlos Kuschel (lo que si le importó).
Con Kuschel no se iba a meter Villanueva, así es que dejó pasar un posible "saneamiento" al igual que su lugarteniente Millán, el revolucionario de café.
No, no se iban a meter con Carlos Kuschel.
Entonces hoy el Fisco está transando la compra de esa propiedad. Así es. A los poderosos se les compra, a los otros se les quita.
Y eso que estamos en un Gobierno democrático.
Hoy, Villanueva, despedido de la Seremía de Puerto Montt, fue acogido como Administrador Municipal por el Alcalde de Osorno Jaime Bertín, un DC.
Nosotros le seguimos los pasos a ver qué condoro más se va a mandar este individuo y en qué lío va a meter al Alcalde Bertín.
Día a día revisamos la prensa de Osorno.
Si hay novedades las contaremos.
Ay Bertín ¡en que forro te metiste al nombrar al innombrable!

jueves, 12 de marzo de 2009

MINISTRA DE BIENES NACIONALES SIGUE ALLÍ PORQUE HAY PODEROSOS INTERESES

En el cambio ministerial que hoy hizo la Sra. Michelle Bachelet mantuvo en el MINISTERIO DE BIENES NACIONALES a Romy Schmidt, a pesar de todos los errores que esta mujer ha cometido contra pequeños propietarios al aceptar el "saneamiento" de varias propiedades, "saneamientos" que, sin embargo, no aplica contra los grandes propietarios, a quienes el Gobierno les paga por sus tierras y sus casas para entregar, con razón, a los mapuche.
La política de Bachelet en ese sentido es un asco, porque permite atroces injusticias que deben soportar muchos chilenos.
Pero, ¿A qué se debe que Bachelet mantenga en ese puesto a la Ministra? Simplemente al "cuoteo" político que favorece, en este caso a la DC, ya que la Ministra es militante de ese Partido y al mismo tiempo mantener sus fuertes vínculos con el diputado PPD Antonio Leal, marido de la Ministra.
Ese mismo individuo que durante la UP era comunista y que ayudó a acallar el crimen del joven mirista Arnoldo Ríos, en una acción miserable que hasta ahora se guarda como un secreto de una infamia que la historia en el futuro tendrá que denunciar con más fuerza.
Y si la Presidenta guarda silencio frente a lo que ella sabe es simplemente porque su tejado es también de vidrio.
Antonio Leal sabe que fue ella -cuando residía en Alemania- quien envió a Chile a su "pololo" Jaime López Arellano, en 1975, con el fin de "luchar contra la dictadura".
Jaime López, a la inversa, entregó a la CNI a decenas de dirigentes del Partido Socialista, muchos de los cuales, hasta ahora, son detenidos-desaparecidos.
Por lo tanto la responsabilidad de Bachelet en dicho caso es enorme. Pero el sistema neoliberal y de consentimiento que existe en nuestro país ha intentado siempre mantener un bajo perfil sobre esos hechos.
Esas son razones más que suficientes para que Antonio Leal exiga de Bachelet condescendencia frente a su silencio por la muerte de Arnoldo Ríos y la mantención en el Ministerio de Bienes Nacionales de su mujer: Romy Schmidt

viernes, 6 de marzo de 2009

LA ACUSACIÓN DEL SEREMI VILLANUEVA QUE EL SR. ABUAUAD NO RESPONDIÓ

Bienes Nacionales responde a Corresponsal Ciudadano de El Repuertero.cl

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Escrito por Claudio Villanueva

Frente a las sucesivas declaraciones formuladas por don José Gonzalo Martínez Fernández, Corresponsal Ciudadano de la Red de Diarios Ciudadanos, a través de distintos medios de comunicación, poniendo en tela de juicio el accionar del Ministerio de Bienes Nacionales y la idoneidad moral y profesional de los funcionarios que lo conforman, producto de la tramitación, a su juicio, fraudulenta de un saneamiento de títulos, esta Secretaría Regional Ministerial ha considerado oportuno señalar lo siguiente:

1.- El Ministerio de Bienes Nacionales a través de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Los Lagos, ha regularizado entre los años 1990 y 2007 más de 40.000 títulos de dominio mediante la aplicación del Decreto Ley 2.695 de 1979, siendo el porcentaje de oposición cercano al 3%, lo cual indica que en casi la totalidad de postulaciones que se presentan, se termina el procedimiento administrativo establecido para este efecto, con la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, sin ningún tipo de discusión por parte de terceros.

2.- El Ministerio de Bienes Nacionales, se caracteriza por ser una repartición pública de puertas abiertas, a la que cualquier ciudadano puede acceder cada vez que así lo requiera, solicitando audiencia con el Secretario Regional Ministerial, realizando consultas personales en nuestras oficinas de informaciones, reclamos y/o sugerencias, ubicadas en las ciudades de Osorno, Puerto Montt, Castro y Palena; o escribiendo directamente a nuestra dirección postal en Avenida Décima Región N° 480, primer Piso, Puerto Montt, o bien, a nuestro correo electrónico consulta10@mbienes.cl. Bajo esta premisa, corresponde aclarar que no existe constancia que el Sr. Martínez Fernández haya solicitado una audiencia, requerido información o ingresado reclamo alguno, siguiendo los conductos regulares establecidos al efecto, en esta Secretaría Regional Ministerial.

3.- No obstante lo anterior, y teniendo en consideración la gravedad de las afirmaciones efectuadas, y precisamente con la finalidad de evitar que dichas aseveraciones provoquen una distorsión de la realidad y de la forma en que se tramitan los saneamientos de títulos; resulta del todo necesario señalar que la aplicación del Decreto Ley 2.695, de 1979, que Fija Normas para Regularizar la Posesión de la Pequeña Propiedad Raíz y para la Constitución del Dominio sobre Ella, es un procedimiento establecido por ley, público, transparente e informado, y sujeto a distintas etapas y plazos.

Es así, como cualquier persona que detente una ocupación irregular puede solicitar la regularización de la misma, precisamente a través de la aplicación del Decreto Ley 2.695, de 1979. El Ministerio de Bienes Nacionales no puede negarse a ingresar una solicitud de este tipo, pero sólo en la medida en que se cumplan los requisitos que el propio Decreto Ley establece, puede acogerse a trámite la solicitud, siendo estos requisitos los siguientes: estar en posesión del inmueble, por sí o por otra persona en su nombre, en forma continúa y exclusiva, sin violencia ni clandestinidad durante cinco años a lo menos, acreditar que no existe juicio pendiente en su contra en que se discuta el dominio o posesión del inmueble iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Acogida a trámite una solicitud, previo informe jurídico, se debe oficiar al Servicio de Impuestos Internos, a fin de que informe acerca del nombre, rol único tributario y domicilio de quienes aparezca, según sus antecedentes, como propietarios del inmueble. Recibidos los antecedentes y tratándose de personas naturales, corresponderá oficiar al Registro Civil y al Servicio Electoral, para que se informe respecto del último domicilio que registra en dichos organismos, la persona que, según el Servicio de Impuestos Internos, aparece como supuesto propietario. Con estos antecedentes, el servicio procede a notificar la solicitud, mediante carta certificada, al supuesto propietario del inmueble.

Cumplidos los trámites anteriores, o sin ellos, cuando los organismos señalados no hubiesen aportado información, el Servicio dispondrá que personal técnico compruebe en terreno la posesión material que detenta el solicitante respecto del inmueble solicitado, elaborando el respectivo plano.

Hecho lo anterior, y previo informe jurídico, el Servicio debe pronunciarse denegando o aceptando la solicitud presentada. Si se acepta, se dispondrá la publicación por dos veces en un diario o periódico de los de mayor circulación de la región que determine el Servicio y ordenará, asimismo, fijar carteles durante 15 días en los lugares públicos que él determine. Los avisos y carteles contendrán en forma extractada la resolución del Servicio, la individualización del peticionario, la ubicación y deslindes del inmueble, la superficie aproximada, la inscripción de dominio si fuere conocida, y en ella deberá prevenirse que si dentro de los 30 días hábiles contados desde la publicación del último aviso, no se dedujere oposición por terceros, se ordenará la inscripción a nombre del solicitante.

Si no se dedujere oposición dentro del plazo indicado y previa certificación de este hecho y del de haberse efectuado las publicaciones y colocado los carteles, el Servicio podrá dictar resolución ordenando la inscripción del inmueble en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo.

4.- Cabe hacer presente, que la dictación de la resolución que ordena inscribir un inmueble determinado, produce el efecto de reconocer la calidad de poseedor regular del peticionario respecto de un bien raíz determinado, resolución que se considera justo título para en definitiva adquirir el dominio por prescripción. Es así, como transcurrido un año de posesión inscrita no interrumpida, contado desde la fecha de la inscripción del interesado, éste se hará dueño del inmueble por prescripción. No obstante el citado Decreto Ley estipula que los terceros podrán, dentro del plazo de un año, contado desde la fecha de la inscripción del inmueble practicada por resolución administrativa o judicial, deducir ante el tribunal competente, las acciones de dominio que estimen asistirles.

5.- De lo expuesto, se concluye que la tramitación de un saneamiento en conformidad al Decreto Ley 2.695, de 1979, está sujeta a etapas y plazos, los que deben ser seguidos con estricto apego a la legislación vigente. Asimismo, se concluye, que previendo que pudiesen existir terceros con derechos que hacer valer respecto de propiedades objeto de saneamiento se han establecido una serie de medidas de publicidad para tomar conocimiento de ello y oponerse a los mismos. Del mismo modo, en virtud de un saneamiento sólo se reconoce la calidad de poseedor regular, pues sólo una vez transcurrido el plazo de un año a que se hacía mención, el poseedor se reputa dueño.

6.- Por último, y en relación a las declaraciones formuladas por el Sr. Martínez, de las cuales se tomó conocimiento a través de un medio de comunicación electrónico, cabe señalar que la Empresa Contratista Geomen S.A., bajo la supervisión de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, llevó a cabo, entre otros, en la comuna de Llanquihue, cuatro saneamientos de títulos a favor de personas que compraron sus propiedades a Habitacoop, constando en cada uno de los expedientes administrativos las respectivas Actas de Entrega así como los comprobantes de pago que se fueron efectuando a dicha Cooperativa Habitacional, cumpliendo por ende los peticionarios y posteriores beneficiarios de los saneamientos con los requisitos que el Decreto Ley 2.695 establece al efecto, lo que queda de manifiesto además con la nula oposición de terceros durante la tramitación de los mismos. Sin perjuicio de lo anterior, si el Sr. Martínez Fernández aún estima que ha sido perjudicado por el actuar de esta Secretaría Regional Ministerial, en lo que respecta a la aplicación del ya citado Decreto Ley, corresponde que haga uso de las instancias que la propia ley establece a través de los Tribunales de Justicia.



Publicado en el diario digital EL REPUERTERO de Puerto Montt el 22 de octubre de 2008. Reproducido por el diario EL VACANADUDO.

NOTA:

Fijarse en el párrafo 6 (seis): allí el Seremi Villanueva desliga responsabilidades en el Convenio de Quiebra HABITACOOP, entonces a cargo del Síndico Sr. Ricardo Abuauad Dagach.

Ricardo Abuauad, designado abogado integrante Corte de Apelaciones de Valparaíso

Noticia publicada en EL MERCURIO de Valparaíso.

Sábado 23 de febrero de 2008

Nombran a abogados integrantes

Entre los designados está la profesional Susana Bontá.


Tres nuevos abogados integrantes fueron nombrados por la Presidenta Michelle Bachelet a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para el año judicial 2008.
Se trata de los profesionales Ricardo Abuauad Dagach; Susana Bontá Medina y Julio Reyes Madariaga, quienes asumirán junto a los otros seis abogados integrantes, el próximo 1 de marzo.
Todos los profesionales postularon al cargo y fueron escogidos de las ternas elaboradas por el Pleno de la Corte Suprema, el 8 de enero pasado.
ABOGADOS INTEGRANTES
Para la Corte de Apelaciones de Valparaíso fueron nombrados, en total, los siguientes abogados: Carlos Müller Reyes; Rolando Fuentes Riquelme; Ricardo Abuauad Dagach; Carlos Fuentes Puelma; Susana Bontá Medina; Carlos Oliver Cárdenas; Germán Lührs Antonich; José Guzmán Dálbora y Julio Reyes Madariaga.
El nombramiento de estos profesionales se realizó el 30 de enero del 2008. Mediante el Decreto N° 86 del Ministerio de Justicia, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, nombró a los abogados integrantes de las 17 Cortes de Apelaciones del país para el presente año, de acuerdo a las normas del artículo 219 del Código Orgánico de Tribunales.
Lo novedoso es que una mujer compone el nuevo equipo de abogados integrantes del Tribunal de Alzada Porteño. Susana Bontá trabaja en un importante estudio jurídico de este puerto.

lunes, 2 de marzo de 2009

CLAUDIO VILLANUEVA URIBE NO ALCANZÓ A "SANEAR" PARCELA DE COLEGA DE PARTIDO

Claudio Villanueva Uribe fue sacado de la Seremía de Bienes Nacionales de Puerto Montt, hecho ya informado. Y -para no dejarlo sin pega- se le dio un puesto menor: Administrador de la Municipalidad de Osorno, cuyo Alcalde es don Jaime Bertín.

Nuestras denuncias en diversos medios de comunicación y reclamos, ante la Comisión de Defensa de los Derechos Ciudadanos de la Secretaría General de la Presidencia, surtió efecto.

Si a Villanueva Uribe de Seremi de Bienes Nacionales se le hubiese dado el mismo puesto en la Región en que está la localidad de San Nicolás podría haber "saneado" la parcela del ex-diputado (que ahora intentará ir a la reelección) Felipe Letelier...aunque se puede dudar, porque Letelier es del PPD, al igual que Villanueva Uribe.

¿Acaso Claudio Villanueva Uribe "saneó" alguna propiedad de la Región de los Lagos, mientras fue Seremi, de algún miembro conocido del PPD o de la CONCERTACIÓN de esa zona? ¡CLARO QUE NO!

Este señor sólo "saneaba" propiedades de gente que no le fuera cercana politícamente.

Nosotros estamos leyendo, casi diariamente, EL AUSTRAL DE OSORNO, siguiendo la pista de esta persona...para ver cuando -por negligencia o intereses extraños- vuelva a cometer los ilícitos o errores que cometió en La Región de los Lagos.

¡TRÁGICO SERÍA PARA EL SR. BERTÍN ENSUCIAR SU MUNICIPIO!