martes, 4 de noviembre de 2008

OTRO ROBO DE BIENES NACIONALES: AHORA AFECTA A PERSONA DE RANCAGUA (Reproducimos en forma completa su carta reclamo)

Las Cabras 22 de Octubre del 2008


Señores
Reclamos.cl

Ref. Regalo de Bienes Nacionales

Estimado Sr:

Mi nombre es Roberto Gutiérrez Lema y tengo domicilio en Parcela 105-M, La LLavería, Lago Rapel, localidad de El Manzano de la Comuna de Las Cabras.

En marzo pasado compré 2 de 7 derechos de propiedad sobre el inmueble con rol Nº 152-2, Comuna de Las Cabras, a dos herederas de la Sucesión de sus padres don Clodomiro Navarro Osorio y doña Lucinda Contreras Quezada. consistente en dos terrenos con una superficie conjunta de 2.040 m2 y de 221 m2 de un retazo al otro lado del camino, obtenidos a titulo de herencia según Registro Fjs. 201, vta. Nº 148
de 1975. Inmediatamente de formalizada la compraventa, hice posesión de las propiedades e inicie la tramitación de dotación de suministro eléctrico y sanitarios, y la construcción de una vivienda y local comercial, encontrándome a inicios de agosto con la sorpresa que existe una petición de regularización de esta propiedad ante Bienes Nacionales de Rancagua de parte de la Peticionaria Srta. Diva Olaya Fuentes Contreras (Postulación de Titulo Nº 324056, tramite 061SA324056).


Más allá de los recursos legales que eventualmente podrían aclarar esta situación u otras similares, me preocupa la falta de dedicación y rigurosidad en la verificación de los antecedentes que dan curso a los saneamientos, de los procedimientos y del análisis de los documentación que se solicitan por parte del servicio(BN) y de la empresa consultora designada por BN que efectúa parte de la gestión, ya que en este caso indicaba a todas luces que la petición de saneamiento no corresponde por el hecho de existir propietarios legítimos y conocidos por la peticionaria y por Bienes Nacionales de Rancagua.

Como se señala anteriormente, yo compré a sus propietarias en marzo del año 2007 ante Notario, a un precio justo, con pago en efectivo, dos de estos derechos haciendo posesión inmediata de los dos terrenos correspondientes a las vendedoras, en ese acto inicie la instalación de un empalme eléctrico, contraté los trabajos de despeje de terreno e inicie la construcción de una vivienda y local comercial, trabajos que duraron 4 meses. Por otra parte, la Peticionaria, supuesta tenedora de los terrenos nunca se me acercó a mi o a alguno de los trabajadores en la faena, para hacerme saber que ella estaba en posesión de estos terrenos. Dos meses y medio después de la compra, el 2 de Agosto de 2007, yo me acerco a la casa vecina donde ella se supone que vivía, informándome el morador de la casa que ella reside junto a su madre, en otra vivienda ubicada a unos 600 mts. de ahí, en la Carretera de la Fruta (como además consta en la Ficha CAS (que también esta en el servicio), para presentarme como su nuevo vecino, como también lo hice con el Sr. Cura Párroco y otros vecinos del sector. Al acudir a conocerla, mi vecina, recién me informa de una resoluciòn judicial del Juzgado de Peumo que le otorga dominio sobre la totalidad del inmueble con fecha 25 de Mayo del 2007, los que se encuentran inscritos por orden del Juez en el Conservador de Bienes Raíces de Peumo. Dicha resolución incluye y afecta mis derechos dándome cuenta en ese acto de la gravedad de esta situación y del problema que se estaba generando.


De los antecedentes que empezaron a salir a la luz, puedo señalar que la Peticionaria Srta. Diva Fuentes Navarro es hija de una de los 7 herederos de la propiedad de Clodomiro Navarro Osorio fallecido el año 1966 y de Lucinda Contreras Quezada , también fallecida, Su madre, una de dichas herederas, la Sra. Carmen de Las Mercedes Navarro Contreras, recién fallecida, residía en el mismo pueblo de El Manzano, al igual que un tío y una prima Sra.Godeliber Olguin Navarro con domicilio contiguo al Retén de Cabineros de El Manzano, y de un primo Sr. Plácido Olguin Navarro. Estos últimos, al igual que la Peticionaria, arriendan cada uno de ellos, por separado, estos terrenos ya asignados en comùn acuerdo desde hace más de 10 años para estacionamientos los días 1º de noviembre, por encontrarse frente al Cementerio.

Aún más, a principios de este año, cuando yo estaba buscando una propiedad para comprar, la Sra. Godeliber también me ofreció para la venta los derechos de su parte en la sucesión. Dos hermanas de la madre de la Srta. Diva, y también herederas, viven y tienen una tienda de muebles en la plaza de Las Cabras, (a 15 minutos en auto) la Sra. Maria Raquel (86 años) y Srta. Maria Mercedes (76). Esta última me vendió sus derechos sobre la propiedad el 8 de marzo del 2007, junto con otra hermana la Sra. Elfa Navarro (82) domiciliada en Santiago, quien se informó por otra prima de la Srta. Diva, la Sra. Emerita Miranda Navarro, que yo estaba interesado en el lote contiguo al de la Srta. Marìa Mercedes, compraventa que se concretó 10 días después.

Con todo lo anterior, quiero hacer ver, que en la Comuna, y en especial en El Manzano muchos sabían que esto terrenos les pertenecían a las hermanas Navarro Contreras, y sabían donde vivían, ya que yo sin ser de la zona, en pocos día me contacté con ellas. Hay que considerar también que el cura párroco de El Manzano colindante por el lado Este al terreno en cuestión, el cabo García del Retén de El Manzano, la Presidenta de agua potable rural de El Manzano Sra. Eliana Molina, y gran parte de la comunidad también conoce a las propietarias legítimas del predio.

Con esta corta reseña, quiero indicar que las mínimas indagaciones en terreno, a lugareños o personas que están en contacto con la comunidad podrían haber evitado el daño que se me esta haciendo a mi, y a gente modesta, legítimos dueños, y para peor, de avanzada edad (80 años en promedio), ya que si son despojadas de sus bienes, al menos dos se enfrentaran a un juicio por una venta de una propiedad con litigio, que además ya esta con dos nuevas construcciones.


Pero principalmente quiero destacar una serie de anomalías que se observan a simple vista al revisar los antecedentes de la petición a Bienes Nacionales de Rancagua de la Srta. Diva Fuentes sobre estos terrenos:

1º Por todo señalado con anterioridad, parece evidente que sí existen personas con iguales o mejores derechos sobre el inmueble, y no como ella lo expresa en la declaración jurada que acompaña al formulario de postulación de saneamiento de propiedad irregular que deben firmar en BN.


2º Los propietarios a la fecha de la petición, según escrituras del registro de propiedad del 12 de diciembre de1975, y en los documento de inscripciones, eran los herederos e hijos de la sucesión Lucinda Contreras Quezada, viuda de Clodomiro Navarro Osorio, documentos que constaban en los registros del Servicio. Por otra parte, el Certificado de Avalúo Fiscal dice en su titulo que “Este certificado No Acredita Dominio de la Propiedad” , y el certificado de domicilio solicitado por el Servicio señala que el “supuesto propietario” nació en 1889. Como es de acceso público, he obtenido del Registro Civil el Certificado de Defunción que indica que murió el año 1966, cosa que ya constaba por el hecho de existir un registro de Herencia. Considerando estos antecedentes, pregunto, ¿porque Bienes Nacionales de Rancagua le envía una carta por correo certificado a don Clodomiro Navarro Osorio, sabiendo que estaba muerto y además lo invitan a efectuar oposición al saneamiento?, ¿ por que lo califican de supuesto propietario y lo notifican, conociendo quienes eran los legítimos propietarios herederos según las escrituras que estaba en poder de BN, y cuya familia es de larga data en la zona?.

3º Que tipo de declaración jurada es la que declara una de las testigos de la peticionaria, que no es residente colindante, quien declara que le consta que la srta. Diva Fuentes Navarro es propietaria de un terreno que deslinda por el lado Este. además en los antecedentes en poder del Servicio, la empresa consultora señala que este terreno deslinda por el lado Este con la Parroquia y que sin lugar a duda es evidente en una visita a terreno. ¿ Por qué no se le pidió al Sr. Cura Párroco hacer esta Declaración Jurada?.¿por que no notan la inconsistecia en la información?

4º La Peticionaria proporcionó a BN un documento privado que señala que le compró a su tía la Sra. María Raquel Navarro Contreras un terreno de 900 m2. el que corresponde a su 1/7º de los derechos de herencia, y entiendo que efectivamente ejercía dominio sobre ese terreno a sabiendas de su tía, además de 1/7º correspondiente a los derechos de su madre Sra. Carmen de Las Mercedes, donde tiene actualmente una construcción habitada por terceros, pero no sobre los otros 5/7º de los derechos . Si se estaba en conocimiento de esta situación, ¿por qué BN consideran procedente dar curso a la solicitud de saneamiento por el resto de los terrenos que le corresponden a sus tías y primas, sin haberlas notificado como “supuestos dueños” sabiendo que la posesión de la Sra. Diva Fuentes sobre los 900 m2 y que son los que ella solicita en el formulario de postulación de BN corresponden a una fracción (1/7) de un lote de mayor cabida y teniendo en sus archivos antecedentes que existían estos otros propietarios? ¿ Por que terminan otorgandole los 6.344,15 m2 del predio total. Siendo que ella el 26 de nov del 2004 solicita regularizar 900 m2?

5º ¿Por qué en el documento de la empresa consultora titulado Constancia ART. 10 D.L. 2695 que certifica la visita a terreno, No aparece en el punto 5 B referente a los deslindes ningún vecino colindante de alguno de los cuatro lados del predio, más aún considerando que el del lado Este es la parroquia de El Manzano, la que siempre esta con moradores, incluyendo al Sr. Cura? ¿Por qué no se tomó declaración a la vecina colindante por el lado Oeste, Sra. Verónica Moreno, dueña de la florería a la entrada del Cementerio? ¿Por qué no se tomó declaración al administrador del Cementerio que colinda por el lado Norte, camino de por medio? Los últimos tres mencionados son residentes permanentes en estos deslindes.

¿Por qué BN permite firmar en su Constancia folio 324056 del 8 de septiembre del 2006 a dos supuestas testigos que viven a mas de 2 Km del lugar y que al contactarlas me manifestaron que iban de paso y no sabían lo que estaban firmando, y que tampoco tuvieron posibilidad de leer por que no saben?.

¿Por qué no hay constancia de la visita de la empresa consultora al inmueble con fecha 8 de Septiembre de 2006, ni en el resto de ese mes ni el mes anterior, en los registros de constancias de la unidad de Carabineros de el Retén de El Manzano, correspondiente al sector como lo exige el articulo 10 del D.L. 2695?. Esto no será por que Carabineros o el Cura Párroco, o el resto de los vecinos colindantes advertirían de la irregularidad de esta petición.

De acuerdo a todo lo anterior, y considerando que esta petición a si como tantas otras, vulnera la legítima propiedad de muchas personas que también deberían ser protegidas por esta institución, solicito a BN revisar estos antecedentes, considerar las inquietudes planteadas, revisar sus procedimientos o efectuar visitas a terreno con sus funcionarios, analizar la rigurosidad de la actuación de la empresa consultora y del propio ministerio de BN., y si cabe, finalmente, rectificar o anular las postulaciones de saneamiento presentadas de mala fe, y así evitar el alto costo emocional y financiero que significa saber que estas siendo despojado de lo que te pertenece.

Al hacerle ver de su proceder a uno de los abogado de BN de Rancagua que también participo en esta petición Sr de apellido Sepulveda , me manifiesta que ellos ya no pueden hacer nada , que debo ir a tribunales.

Además Bienes Nacionales puede poner un abogado para defender a la peticionaria frente a un juicio, pero no a las victimas de esta.

Por otro lado: Ningún propietario puede saber a través de Bienes Nacionales si alguien esta tramitando la petición de su propiedad, porque no tiene registro de las peticiones por el rol de éstas ni por ningún otro dato más que por el Nº de la petición o Rut del peticionario.

Llevo un año con abogado y gastado plata y tiempo, al igual que los otros propietarios por que los funcionarios encargados de hacer su trabajo no lo hacen.

Exijo una Explicación

Le saluda atentamente,



Roberto Gutiérrez Lema
RUT: 8.462.600-6
robertogutierrezlema@yahoo.es
Fono: 09-2300492
Casilla 60, Correo Las Cabras

2 comentarios:

Unknown dijo...

Distinguido señor, estoy absolutamente de acuerdo con usted y me consta que BN no tiene acuciosidad y acepta de una manera muy irresponsable documentos que a vista del más ignorante se evidencia la falsedad o mala fe en el proceder para regularizar bienes.-
Esto es una demostración más de la facilidad que tienen delincuentes, frente a las personas honestas; Espero logre revertir esta situación, le deseo suerte.-

justiciero dijo...

pareciera que bienes nacionales está compuesto de funcionarios poco escrupulosos y corruptos que se "arreglan" por bastante poco con los peticionarios de los terrenos que finalmente ROBAN con bastante poco derecho a pataleo y como usted dice, sin que se cumplan los requisitos legales de rigor. Lo mínimo me parece contactar a sus legítimos dueños que en un 99% de los casos son perfectamente identificable y ubicables, pero eso es precisamente lo que siempre evitan. Este servicio público parece estar dirigido políticamente por frescos y ladrones que reparten bienes ajenos. Sería mucho mas fácil lidiar con Alibabá. ¡Ladrones con corbata y cargo público!